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El Consejo General responde a FIT Generation: “El futuro de la profesión no está en la picaresca, sino en la calidad”

El Consejo General responde a FIT Generation: “El futuro de la profesión no está en la picaresca, sino en la calidad”

El Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas ha emitido un nuevo comunicado en relación a la empresa FIT Generation advirtiendo a los interesados en estudiar el Grado sobre las "afirmaciones claramente engañosas de la publicidad”
Consejo general dietistas CGCODN
Algunos miembros de la Comisión Ejecutiva del Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas (CGCODN)

El comunicado de FIT Generation ha obtenido una pronta respuesta por parte del Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas (CGCODN). Ayer, Diario Nutrición se hacía eco del escrito que había lanzado FIT Generation — la empresa radicada en Andorra que anuncia la formación online de un Grado de Nutrición Humana y Dietética en solo 3 años — ante las reclamaciones del Consejo

 

Hoy, la Comisión Ejecutiva del CGCODN ha dejado claro, en una nuevo escrito, que “no pretende entrar en un proceso de comunicados de ida y vuelta, y está ya preparando las reclamaciones procedentes ante las autoridades españolas y andorranas”. Sobre este punto, hay que recordar que FIT Generation oferta el Grado de Nutrición Humana y Dietética en España desde Andorra, aunque el título está, en realidad, expedido en Malta

 

“La entidad andorrana intenta presentar su formación como adecuada para acceder a la profesión en España no ya por la vía del trámite de reconocimiento del título, sino del reconocimiento profesional”, señalan desde el Consejo en respuesta a la afirmación de FIT Generation que clamaba lo siguiente: “Si optas por la vía del reconocimiento profesional, España no puede decirte que no reconoce tu título e impedirte a ejercer como dietista-nutricionista”. 

 

Sobre este último punto, el Consejo recoge la noticia publicada ayer por Diario Nutrición, en la que se visibilizaba que de las 26 solicitudes de reconocimiento del Grado de Nutrición Humana y Dietética en España, solo se habían aprobado 11. Asimismo, la Comisión Ejecutiva del Consejo advierte que la vía de acceso que propone la empresa andorrana no es la prevista para dar cobertura a los supuestos que pretenden abarcar. Concretamente, exclaman que el artículo 21 del Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, “establece con claridad que la vía del reconocimiento profesional, que en absoluto es garantía de éxito, no está prevista para el acceso a la profesión de personas de nacionalidad española”.

 

Para ello, se apoyan en el mencionado artículo, que señala lo siguiente: "En los supuestos de las profesiones reguladas en España, cuyo acceso y ejercicio estén supeditados a la posesión de determinadas cualificaciones profesionales, la autoridad competente española concederá el acceso a esa profesión y su ejercicio, en las mismas condiciones que a los españoles, a los solicitantes que posean el certificado de competencia o título de formación contemplado en el artículo 19 exigidos por otro Estado miembro para acceder a esa misma profesión en su territorio o ejercerla en el mismo".

 

“No pretendemos entrar en las condiciones para el reconocimiento profesional exigidas por la normativa, simplemente advertir que el reconocimiento profesional no está, en absoluto, previsto por la normativa para nacionales españoles, sino para nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea”, prosiguen.

 

En definitiva, el Consejo apunta a “afirmaciones claramente engañosas de la publicidad” y advierte que la vía propuesta por FIT Generation “ni garantiza que se pueda trabajar en un año menos (más bien, garantiza lo contrario), ni está prevista para que una entidad ofrezca, desde Andorra, un título de Malta, para ejercer como dietista-nutricionista en España”.

 

Para finalizar, destacan que “frente al negocio sin escrúpulos, el Consejo General defiende la calidad de la formación, homologable cuantitativamente al resto de profesiones sanitarias tituladas del artículo 2 de la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias”. Así, “el futuro de la profesión no está en la picaresca, sino en la calidad, la exigencia y el reconocimiento posterior que es consecuencia de ellas”.

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